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Código de Justicia Administrativa Artículo 224 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código de Justicia Administrativa Michoacán
Artículo 224.

Las partes señalarán en su primer escrito, domicilio para recibir notificaciones dentro del domicilio donde resida el Tribunal, apercibiéndolas de que de no hacerlo, las notificaciones aún las de carácter personal, se harán por lista autorizada.



Estado de Michoacán Artículo 224 Código de Justicia Administrativa
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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