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Código de Justicia Especializada para Adolescentes Artículo 57 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12/06/2026

Código de Justicia Especializada para Adolescentes Michoacán
Artículo 57.

El juicio se desahogará de manera oral, privilegiando en todo momento la inmediación, inmediatez y celeridad procesal del juzgador en las actuaciones, atendiendo a la supletoriedad del Código Nacional de Procedimientos Penales.

De todo lo actuado se dejará registro electrónico y por escrito.



Estado de Michoacán Artículo 57 Código de Justicia Especializada para Adolescentes
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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