Código de Justicia Especializada para Adolescentes Artículo 70 Estado de Michoacán
Código de Justicia Especializada para Adolescentes Michoacán
Artículo 70.
Los acuerdos derivados de la conciliación o la mediación no implican ni requieren el reconocimiento, por parte del adolescente o adulto joven, de haber realizado la conducta que se le atribuye.
Estado de Michoacán Artículo 70 Código de Justicia Especializada para Adolescentes
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente Artículo 22. Ley Federal Sobre Metrología y Normalización Artículo 80. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Artículo 33. Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Artículo 62. Ley de Desarrollo Sustentable de la Cafeticultura Artículo 29.Publique la información de sí mismo
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