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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 115 Estado de Puebla


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 115.

El recurso de inconformidad, se interpondrá ante el Agente del Ministerio Público, por escrito o por comparecencia, en los que el promovente exprese lo que a su derecho convenga, dentro de los diez días hábiles siguientes a partir de que aquél haya informado al denunciante o querellante, a través de cédula de notificación personal, el contenido de su determinación



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