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Código de Justicia para menores infractores Artículo 202 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 202.

La acusación se presentará por escrito en dos tantos y archivo magnético y deberá contener:

I. Los datos generales y la identificación del menor acusado;

II. La identificación en su caso de la víctima u ofendido;

III. Los hechos atribuidos y sus modalidades, así como su calificación jurídica;

IV. La mención de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad que concurran;

V. La autoría o participación que se atribuye al menor;

VI. Los medios de prueba que el Ministerio Público se propone producir en el juicio oral;

VII. La medida que el Ministerio Público solicite y los medios de prueba relativos a la individualización de la misma, y

VIII. El daño que, en su caso, se considere se haya causado a la víctima u ofendido y los medios de prueba que ofrezcan para acreditarlo;

El escrito de acusación se presentará por escrito en dos tantos originales acompañado del respaldo magnético correspondiente



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