Código de Justicia para menores infractores Artículo 218 Estado de Durango
Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 218.
El debate será público. Sin embargo, queda prohibido el ingreso con equipos de telefonía, grabación y video al recinto oficial, a fin de preservar la identidad del menor inculpado en los términos de este Código, teniendo facultades el Juez a petición las partes o de oficio que la misma se desarrolle total o parcialmente a puertas cerradas, cuando:
I. Pueda afectar la integridad física o la intimidad de alguna de las partes o de alguna persona citada para participar en él; y,
II. El orden público pueda verse gravemente afectado
Estado de Durango Artículo 218 Código de Justicia para menores infractores
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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