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Código de Justicia para menores infractores Artículo 389 Estado de Durango


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Justicia para menores infractores Durango
Artículo 389.

Para ser Secretario o Actuario del Tribunal, se requiere:

I. Ser ciudadano mexicano por nacimiento y Duranguense en pleno ejercicio de sus derechos;

II. Poseer título profesional y cedula profesional de Licenciado en Derecho o su equivalente, expedido por institución legalmente facultada para ello, con una antigüedad mínima de dos años;

III. Salvo los actuarios quienes podrán ser solo titulados.

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por la comisión de un delito intencional que hubiere merecido pena corporal, y

V. Experiencia de dos años en materia menores infractores y derechos de los niños para el caso de los Secretarios.



Estado de Durango Artículo 389 Código de Justicia para menores infractores
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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