Código de la Hacienda Pública Artículo 238 Estado de Chiapas
Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 238.
Están exentos del pago de este impuesto, los siguientes:
I. Ejidos y comunidades.
II. Las uniones de ejidos y comunidades.
III. Las empresas sociales constituidas por avecindados e hijos de ejidatarios con derecho a salvo.
IV. Las asociaciones rurales de interés colectivo.
V. Las unidades agrícolas industriales de la mujer campesina.
VI. Las personas morales con fines no lucrativos siguientes:
a) Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.
b) Asociaciones patronales.
c) Cámaras de comercio, industria, agricultura, ganadería o pesca, así como los organismos que los agrupen.
d) Colegios de profesionales y los organismos que los agrupen.
e) Las instituciones privadas de asistencia social reguladas por la ley de materia, cuyos servicios sean gratuitos.
f) Sociedades cooperativas de consumo.
g) Organismos que conforme a Ley agrupen las sociedades cooperativas ya sea de productores o de consumo.
h) Sociedades mutualistas que no operen con terceros, siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios, tales como premios, comisiones y otros semejantes.
i) Las asociaciones y sociedades civiles organizadas con fines políticos, religiosos y culturales o deportivos.
j) Las instituciones o sociedades civiles constituidas únicamente con el objeto de administrar fondos o cajas de ahorro.
k) Asociaciones de padres de familias constituidas y registradas en los términos del Reglamento de Asociaciones de Padres de Familia de la Ley General de Educación.
Estado de Chiapas Artículo 238 Código de la Hacienda Pública
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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