Código de la Hacienda Pública Artículo 468 Estado de Chiapas
Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 468.
La Procuraduría Fiscal, determinará la procedencia de la cancelación de las fianzas, en los casos siguientes:
I. Realizados los actos o cumplidas las obligaciones debidamente documentados.
II. Si se trata de depósitos constituidos por interesados en la venta de bienes o por contratos de obra pública, en concursos en los que no resulten beneficiados, con la adjudicación de los bienes o del contrato respectivo.
III. En cualquier otro caso previsto en las disposiciones legales.
Los Organismos Públicos del Ejecutivo, deberán requerir por escrito la cancelación de la fianza, acompañando en copia certificada por duplicado todos y cada uno de los documentos que acrediten el debido cumplimiento de la obligación afianzada, precisados en las disposiciones administrativas que al efecto se expidan.
La Procuraduría Fiscal, a fin de asegurar el exacto cumplimiento de la obligación afianzada; ordenará la ratificación del pedimento de cancelación de la fianza, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud.
El servidor público que requiera la cancelación de la fianza, deberá acreditar la personalidad con que comparece a ratificar el procedimiento, debiendo exhibir original o copia certificada del nombramiento expedido a su favor, e identificación oficial con fotografía.
En caso de no otorgarse la ratificación, la Procuraduría Fiscal, procederá a hacer la devolución de la documentación adjunta a la solicitud correspondiente.
Es de absoluta responsabilidad de los organismos públicos del Ejecutivo, la cancelación de la fianza.
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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