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Código de la Hacienda Pública Artículo 474 Estado de Chiapas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de la Hacienda Pública Chiapas
Artículo 474.

Contabilidad gubernamental es la técnica que sustenta el sistema de Contabilidad Gubernamental y que se utiliza para el registro de las transacciones que llevan a cabo los organismos públicos, expresados en términos monetarios, captando los diversos eventos económicos identificables y cuantificables que afectan los bienes e inversiones, las obligaciones y pasivos, así como el propio patrimonio, con el fin de generar información financiera que facilite la toma de decisiones y un apoyo confiable en la administración de los recursos públicos.

El sistema de contabilidad gubernamental, es el modelo contable sobre el cual opera la contabilidad gubernamental del Estado de Chiapas, integrado por los subsistemas de recaudación, fondos estatales, deuda pública y egresos.

Los Organismos Públicos deben registrar en el sistema respectivo, los documentos justificativos y comprobatorios que correspondan y demás información asociada a los momentos contables del gasto comprometido y devengado.

Para efectos de armonización, se estará a lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental.



Estado de Chiapas Artículo 474 Código de la Hacienda Pública
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