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Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios Artículo 104 Estado de Guanajuato


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2026

Código de Procedimiento y Justicia Administrativa
Artículo 104.

Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho y la autoridad deberá exigirla.



Estado de Guanajuato Artículo 104 Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios
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como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


Guadalajara jalisco


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


En cuanto tiempo prescribe este delitode amenazas


Si tengo mas de dos o tres amonestaciones por consumo de alimentos en area de trabajo, es posible que haya rescisión de contrato?


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