Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios Artículo 327 Estado de Guanajuato
Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Guanajuato
Artículo 327.
Si se resuelve que hubo exceso o defecto en el cumplimiento de la sentencia, dejará sin efectos la resolución que motivó la queja y concederá al servidor público responsable diez días para que dé cumplimiento debido al fallo, señalando la forma y términos precisados en la sentencia, conforme a los cuales deberá cumplir y le impondrá una multa equivalente a la cantidad de treinta a trescientas veces la Unidad de Medida y Actualización diaria.
En caso de que haya repetición del acto o resolución anulado, el juzgador hará la declaratoria correspondiente, dejándolos sin efectos, y le notificará al servidor público responsable, ordenándole que se abstenga de incurrir en nuevas repeticiones.
La resolución a que se refiere este artículo se notificará también al superior del servidor público responsable entendiéndose por éste al que ordene el acto o lo repita, para que finque la responsabilidad administrativa que proceda.
Estado de Guanajuato Artículo 327 Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Para el Estado y los Municipios
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Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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Código Civil Nayarit Artículo 1249. Código Civil Guanajuato Artículo 2444. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Federal Artículo 90. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Federal Artículo 125. Código de Procedimiento y Justicia Administrativa Guanajuato Artículo 210.Publique la información de sí mismo
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