Código de Procedimientos Civiles Artículo 409 Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles Chihuahua
Artículo 409.
Los cónyuges menores de edad necesitan de un tutor o representante legítimo para litigar en asuntos de divorcio. La demanda o la contestación en su caso, irá suscrita también con la firma del menor, quien la ratificará en la presencia judicial; pero no se exigirán estos requisitos cuando el cónyuge menor padezca de enajenación mental.
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.
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