Código de Procedimientos Civiles Artículo 411 Estado de Chihuahua
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 411.
En el divorcio por mutuo consentimiento se deberá presentar una solicitud por los interesados, la que contendrá el convenio que hayan celebrado respecto a la situación de los hijos, la pensión alimenticia y división de los bienes; o en su caso, la manifestación de que no hay hijos o bienes que dividir provenientes de la sociedad conyugal formada con el matrimonio.
Estado de Chihuahua Artículo 411 Código de Procedimientos Civiles
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