Código de Procedimientos Civiles Artículo 759 Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles Chihuahua
Artículo 759.
Cuando conforme a lo prevenido en el artículo 753 el acreedor hubiere optado por la administración de los bienes embargados, se observarán las siguientes reglas:
a) El juez mandará que se haga entrega al acreedor de los bienes mediante inventario, y qué se le dé a conocer a las personas que él mismo indique;
b) El acreedor y el deudor podrán establecer por acuerdos particulares las condiciones y términos de la administración, y la forma y época de rendir cuentas. Si así no lo hicieren, se entenderá que los bienes han de ser administrados según la costumbre del lugar, debiendo el acreedor rendir cuentas cada seis meses;
c) Si los bienes fueren fincas rústicas, podrá el deudor intervenir las operaciones de la recolección;
d) La rendición de cuentas y las diferencias que de ellas surgieren se substanciarán observando, en lo conducente, las disposiciones de los artículos 716 y 717 del Capítulo anterior;
e) El acreedor podrá separarse de la administración de los bienes cuando lo crea conveniente y pedir se saquen de nuevo a subasta pública por el precio que sirvió de base a la segunda almoneda y, si no hubiere postor, podrá pedir que se le adjudiquen por las dos terceras partes de ese valor, en cuanto sea necesario para completar el pago, deducido lo que hubiere percibido a cuenta.
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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