Código de Procedimientos Civiles Artículo 880 Estado de Chihuahua
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 880.
Respecto de las alhajas y bienes muebles preciosos, el juez determinará si conviene o no la subasta pública atendiendo en todo a la utilidad que resulte al menor; si se acordare que se lleve a cabo la venta en almoneda, ésta se celebrará con arreglo a las disposiciones establecidas para los inmuebles; en caso contrario, se procederá con arreglo a lo dispuesto en el artículo 794 de este Código.
El remate de los inmuebles se llevará a cabo conforme a los artículos 724 y siguientes de este Código, y en él no podrá admitirse postura que baje de las dos terceras partes del avalúo pericial, ni aquélla que no se ajuste a los términos de la autorización judicial otorgada para que se procediera a su venta.
Si en la primera almoneda no hubiere postor, el juez convocará, a solicitud del tutor, curador o del Consejo de Tutela, a una junta dentro del tercer día, para ver si son de modificarse o no, las bases del remate, señalándose nuevamente las almonedas que fueren necesarias.
Estado de Chihuahua Artículo 880 Código de Procedimientos Civiles
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
porque ahorita se able de participación pala las elecciones o justicia electoral por todos lados se ve y porque no ay mucha información sobre impartir justica a personas que an sido víctimas de las mismas instituciones municipales y estatales y que an causado daños inrrevistibles a causa de es
quiero crear un sindicato de un estado ya existe la toma de nota nacional tengo que notoficar de todos modos al tribunal como lo indica el articulo 69
Cuando surte efectos la notificacion en temas de registro de contratos de adhesion? Entiendo que el plazo es de 5 días hábiles, pero a partir de que momento empiezan a contar?
Podrian apoyarme como decia el articulo 3 fraccion xiv antes de su reforma, soy estudiante de la lic. De custodia penitenciaria y estoy haciendo mi tarea sobre las reformas de casi todas las leyes
Buenos días. Les informamos que esta ya es una nueva ley, en vigor desde julio de 2025, que ha sustituido a la anterior.
Leer de nuevo
Código de Ética y Buen Gobierno del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística Artículo 8. Aplicación Código de Procedimientos Civiles Artículo 432. Código de Procedimientos Familiares Artículo 80. Ley de Vías Generales de Comunicación Artículo 432. Código de Procedimientos Familiares Artículo 64.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios