Código de Procedimientos Civiles Artículo 2.349 Estado de México
Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 2.349.
El escrito de demanda deberá contener:
I. El Juzgado ante el cual se promueve;
II. La naturaleza del procedimiento que insta;
III. Nombre y domicilio del que interpone la demanda en los supuestos de las fracciones II y III del artículo anterior;
IV. Nombre y domicilio del receptor de violencia;
V. Nombre y domicilio del generador de violencia;
VI. Vínculo o relación que exista entre el receptor y el generador de violencia;
VII. Narración sucinta de los hechos, expresando las circunstancias de lugar, tiempo y modo;
VIII. El ofrecimiento de las pruebas conducentes a acreditar su demanda; y
IX. Protesta y firma del que interpone la demanda o del receptor de violencia.
Estado de México Artículo 2.349 Código de Procedimientos Civiles
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