Código de Procedimientos Civiles Artículo 5.33 Estado de México
Código de Procedimientos Civiles
Artículo 5.33. Declaración de parte
La declaración de parte consiste en la facultad de los litigantes para interrogar oralmente a la contraria, sobre hechos y circunstancias de que tenga noticia y que guarden relación con el objeto de la controversia.
Las preguntas de la declaración se formularán en forma interrogativa y podrán no referirse a hechos propios pero con la debida precisión y claridad, sin incorporar valoraciones ni calificaciones, de manera que puedan ser entendidas sin dificultad.
El juez resolverá las objeciones que se formulen; que se referirán a la claridad y precisión de las preguntas o a la pertinencia de los hechos por los cuales la parte haya sido requerida para declarar.
Si el declarante se niega a contestar o se conduce con evasivas, el juez podrá exigirle la respuesta y aclaraciones, en todo caso, valorará prudentemente la conducta procesal adoptada.
Si el que deba declarar no asiste, la prueba se tendrá por desierta pero se considerará la conducta procesal del citado.
El juez interrogará al declarante cuando lo estime pertinente.
Estado de México Artículo 5.33 Código de Procedimientos Civiles
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qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,
Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
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