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Código de Procedimientos Civiles Artículo 389 Estado de Nayarit


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Civiles Nayarit
Artículo 389.

La subasta pública se anunciará por medio de edictos que se fijarán por dos veces en los estrados del Juzgado, debiendo mediar entre una y otra publicación cuando menos siete días hábiles, y entre la última y la fecha del remate igual plazo. A petición de cualquiera de las partes y a su costa podrá usarse además algún otro medio de publicidad para convocar postores



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