Imprimir

Código de Procedimientos Civiles Artículo 503 Estado de Nuevo León


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26/10/2026

Código de Procedimientos Civiles Nuevo León
Artículo 503.

Podrá pedirse la ampliación del embargo:

I.- En cualquier caso que, a juicio del juez, no basten los bienes secuestrados para cubrir la deuda y las costas;

II.- Si el bien secuestrado que se sacó a remate, dejare de cubrir el importe de lo reclamado a consecuencia de las retasas que sufriera o si transcurrido un año desde la remisión, tratándose de muebles, no se hubiere obtenido su venta;

III.- Cuando no se embarguen bienes suficientes, por no tenerlos el deudor y después aparecen o los adquiere;

IV.- En los casos de tercería, conforme al artículo 599.



Estado de Nuevo León Artículo 503 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...501 502 503 504 505 ...1128

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse