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Código de Procedimientos Civiles Artículo 959 Estado de Querétaro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Querétaro
Artículo 959.

Para decretar la venta de bienes se necesita que, al pedirse, se expresen; el motivo de la enajenación y el objeto a que debe aplicarse la suma que se obtenga; y que se justifique la absoluta necesidad o la evidente utilidad de la enajenación.

Quien solicitare la venta, debe señalar al hacer la promoción, el precio del bien y las condiciones en que se va a efectuar la venta.

La solicitud del tutor se substanciará en forma de incidente, con el curador y el Ministerio Público. La sentencia que se dictare es apelable en ambos efectos.

Cuando lo estime necesario o a petición del ministerio público, el juez podrá designar peritos para que rindan avalúo.



Estado de Querétaro Artículo 959 Código de Procedimientos Civiles
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias


en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


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