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Código de Procedimientos Civiles Artículo 666 Estado de Tabasco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2025

Código de Procedimientos Civiles Tabasco
Artículo 666. Rendición de cuentas

Cualquiera de las personas antes nombradas, que hayan tenido la administración de la herencia, está obligada a rendir una cuenta bimestral, pudiendo el juzgador exigir de oficio el cumplimiento de este deber.

Serán aplicables a la rendición de cuentas, las reglas siguientes:

I.- Las cantidades que resulten líquidas se depositarán a disposición del juzgado en el establecimiento designado por la ley;

II.- La garantía otorgada por el interventor y el albacea no se cancelará sino hasta que haya sido aprobada la cuenta general de administración;

III.- Cuando el que administre no rinda su cuenta, dentro del plazo legal, será removido de plano;

IV.- También podrá ser removido a juicio del Juez y a solicitud de cualquiera de los interesados, cuando alguna de las cuentas no fuere aprobada en su totalidad por ocultación u otro hecho que implique mala fe del que administre; o si la falta de aprobación se debe a otra causa, no se deposita el faltante en un plazo de tres días;

V.- Cuando no alcancen los bienes para pagar las deudas líquidas el albacea debe dar cuenta de esta circunstancia a los acreedores y liquidadores;

VI.- Concluidas las operaciones de liquidación, dentro de los quince días siguientes presentará el albacea su cuenta general de albaceazgo; si no lo hace, se le apremiará por los medios legales, siendo aplicables las reglas de la ejecución forzosa;

VII.- Presentada la cuenta trimestral o general de administración, se mandará poner en la secretaría a disposición de los interesados, por un plazo de diez días, para que se impongan de ella;

VIII.- Si todos los interesados aprobaren la cuenta, o no la impugnaren, el juzgador la aprobará. Si alguno o algunos de los interesados no estuvieren conformes, se tramitará el incidente respectivo; pero para que se dé curso a la objeción, se requerirá que la causa de ésta se precise; y

IX.- El auto que apruebe o repruebe la cuenta será apelable en el efecto devolutivo



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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión


Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


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