Código de Procedimientos Civiles Artículo 933 Estado de Tlaxcala
Código de Procedimientos Civiles Tlaxcala
Artículo 933.
Si el actor bajo protesta de decir verdad no reconociere como suyos los recibos que presente el demandado, no se continuará la providencia de lanzamiento; pero si llegare a demostrarse ejecutoriada mente ante la autoridad judicial competente, la falsedad de los recibos o documentos continuará la providencia de lanzamiento
Estado de Tlaxcala Artículo 933 Código de Procedimientos Civiles
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Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
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No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.
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