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Código de Procedimientos Civiles Artículo 221 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código de Procedimientos Civiles
Artículo 221.

Si no fue posible la recepción de todas las pruebas en la audiencia a que se refiere el artículo 219, al término de ésta, el juez de oficio citará para otra y ordenará la preparación de las pruebas pendientes. Esta audiencia deberá celebrarse dentro de los veinte días siguientes al en que se haya efectuado la primera.

En esta segunda y última audiencia, se recibirán las pruebas pendientes, inclusive las de tachas, y se oirá el alegato de las partes, los que podrán formularse por escrito en la misma audiencia o formularse oralmente, asentándose en el acta únicamente las conclusiones. A continuación el juez procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de este Código.

Al concluir esta audiencia termina el período probatorio.



Estado de Veracruz Artículo 221 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...219 220 221 222 223 ...780

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oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


No es que diga que los primeros 3 dias no se pagan, una inasistencia no se paga como tal, punto y sea por inasistencia o con incapacidad sigue siendo una falta (justificada silo quieres ver asi, no te cuenta para un despido justificado) , es a partir del cuarto dia que quien paga es el seguro bajo los porcentajes que marca la ley y debido al tipo de incapacidad que se otorgo,


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