Código de Procedimientos en Materia Artículo 253 Estado de Yucatán
Código de Procedimientos en Materia Yucatán
Artículo 253.
Cuando los Servidores Públicos que actúen en auxilio del Ministerio Público, practiquen con ese carácter diligencias de Averiguación Previa, las remitirán dentro de tres días de haberlas iniciado a la Dirección de Averiguaciones Previas de la Procuraduría General de Justicia. Si hubiere detenidos, la remisión se hará sin demora y se observará lo previsto en los artículos 237 y 238 de este código
Estado de Yucatán Artículo 253 Código de Procedimientos en Materia
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
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Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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