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Código de Procedimientos Familiares Artículo 191 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Familiares Coahuila
Artículo 191. Estudios e informes sobre los adoptantes

A través del estudio socio-económico o del informe que elabore el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia y Protección de Derechos, la o el juez verificará la identidad, capacidad jurídica, situación personal, familiar, médica, económica y social del o de los adoptantes, para establecer que reúnen los requisitos previstos en la fracción V del artículo 185 que antecede. 



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 191 Código de Procedimientos Familiares
Artículo 1 ...189 190 191 192 193 ...272

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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