Código de Procedimientos Familiares Artículo 258 Estado de Sinaloa
Código de Procedimientos Familiares Sinaloa
Artículo 258.
Los servidores públicos que de conformidad con la Constitución Política del Estado, son sujetos de juicio político, no absolverán posiciones en la forma en que establecen los artículos anteriores; pero la parte contraria podrá pedir que se remitan, insertando las posiciones que presente, por vía de informe, sean contestadas dentro del plazo que designe el juzgado, que no excederá de ocho días. En el oficio se apercibirá a la parte absolvente de tenerla por confesa si no contesta dentro del plazo que se haya fijado, o si no lo hace afirmando o negando los hechos.
Estado de Sinaloa Artículo 258 Código de Procedimientos Familiares
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios