Código de Procedimientos Penales Artículo 373 Estado de Baja California
Código de Procedimientos Penales
Artículo 373. Sentencia absolutoria y medidas cautelares
Comunicada a las partes la decisión absolutoria, el Tribunal dispondrá en forma inmediata el levantamiento de las medidas cautelares que se hubieren decretado en contra del imputado, y ordenará se tome nota de este levantamiento en todo índice o registro público y policial en el que figuraren. También se ordenará la cancelación de las garantías de comparecencia y reparación del daño que se hubieren otorgado.
Estado de Baja California Artículo 373 Código de Procedimientos Penales
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