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Código de Procedimientos Penales Artículo 352 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 352.

El reconocimiento de la inocencia procede en los siguientes casos:

I.- Cuando la sentencia se funde exclusivamente en pruebas que posteriormente se declaren falsas por resolución ejecutoria;

II.- Cuando condenada alguna persona por homicidio de otra que hubiere desaparecido, se presentare ésta o alguna prueba irrefutable de que vive;

III.- Cuando dos reos hayan sido condenados por el mismo delito y de demuestre la imposibilidad de que los dos lo hubieren cometido; y

IV.- Cuando el reo hubiese sido condenado por los mismos hechos en dos juicios diversos. En este caso será nula la segunda sentencia.



Estado de Hidalgo Artículo 352 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...350 351 352 353 354 ...496

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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