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Código de Procedimientos Penales Artículo 365 Estado de Hidalgo


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/11/2026

Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 365.

Inmediatamente que el ministerio público tenga conocimiento por denuncia o querella, de la probable existencia de un delito, dictará todas las medidas y providencias necesarias para proporcionar seguridad y auxilio a las víctimas; cuidar que no se pierdan, destruyan o alteren las huellas o vestigios del hecho delictuoso, los instrumentos o cosas objeto o efectos del mismo; investigar qué personas fueron testigos; evitar que el delito se siga cometiendo y en general impedir que se dificulte la averiguación, procediendo a la detención de los probables responsables en los casos permitidos por la ley.

De igual manera, el ministerio público brindará el apoyo, orientación y facilidades al ofendido, para que pueda participar en el desarrollo de las diligencias de averiguación previa, siempre y cuando ello no obstaculice o entorpezca la investigación ministerial; cuando se desahogaren pruebas ofrecidas por el indiciado o su defensor, podrán estar presentes el ofendido y su asesor jurídico, teniendo éste la participación que la ley le concede. El asesor jurídico del ofendido, una vez que hubiere aceptado el cargo y protestado su leal desempeño, tendrá la facultad de ofrecer las pruebas que estime necesario, estar presente en su desahogo con la intervención que la ley prevé, así como promover todas las acciones tendientes a la protección de los derechos del ofendido.



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si el hijo tiene 22 años y ya entro a trabajar aplica pension alimenticia


que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.


Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?


Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


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