Código de Procedimientos Penales Artículo 412 Estado de Hidalgo
Código de Procedimientos Penales Hidalgo
Artículo 412.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, al resolver el recurso de apelación en contra de las resoluciones dictadas dentro del plazo constitucional de setenta y dos horas o de la prórroga del mismo, así como en contra de las que resuelven sobre el pedimento de la orden de aprehensión o comparecencia, podrá de oficio reclasificar al tipo penal que corresponda, fundando y motivando la modificación.
Estado de Hidalgo Artículo 412 Código de Procedimientos Penales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
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