Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 129 Estado de Michoacán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 10/08/2026

Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 129. Cuándo procede el arraigo

Cuando en la averiguación previa, o en el desarrollo del proceso penal, el imputado no deba ser internado en prisión preventiva y se estime que existen elementos para suponer que podrá sustraerse a la acción de la justicia, tomando en cuenta, además, las características del hecho imputado y las circunstancias personales de aquél, el Ministerio Público fundada y motivadamente podrá ocurrir por escrito al órgano jurisdiccional solicitando el arraigo del indiciado o inculpado, según el caso; el tribunal resolverá en el término de veinticuatro horas sobre la medida precautoria requerida, y si se decreta el arraigo, éste se llevará a cabo con la vigilancia del Ministerio Público y sus auxiliares.

En la averiguación previa, el arraigo se prolongará por el tiempo estrictamente indispensable para la debida integración de la indagatoria de que se trate, sin que exceda de treinta días prorrogables por igual término a petición de la Representación Social.

En el proceso penal, el arraigo persistirá durante el término constitucional en que aquél deba resolverse definitivamente.

El juez decidirá lo conducente sobre la subsistencia o el levantamiento del arraigo, oyendo al Ministerio Público y al arraigado, salvo que éste no concurra, en cuyo caso la determinación judicial se hará en base a lo expresado por la Fiscalía.



Estado de Michoacán Artículo 129 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...127 128 129 130 131 ...633

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse