Código de Procedimientos Penales Artículo 191 Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 191. Uso de la vía telegráfica y otros medios de comunicación
En casos urgentes, previa notificación al Ministerio Público y a quien corresponda conforme a la ley, podrá hacerse uso de la vía telegráfica, o de cualquier otro medio de comunicación siempre y cuando sea posible constatar su recepción, para la remisión de exhortos o requisitorias, expresándose con claridad las diligencias que deban efectuarse y la parte que los solicitó, el nombre del inculpado, el delito por el que se sigue el proceso y el fundamento de la providencia. En caso de que la remisión se haga por cualquier medio de comunicación diferente al telegráfico, con posterioridad se hará también por vía postal o telegráfica.
Estos exhortos se mandarán mediante oficio al jefe de la oficina telegráfica de la localidad, acompañados de una copia, que será sellada y firmada de recibido; el oficio será entregado por conducto del secretario o el actuario del tribunal, quienes se identificarán ante el encargado del servicio telegráfico, el cual deberá agregar esta circunstancia al texto del telegrama.
En la misma fecha en que se entregue el citado oficio a la oficina telegráfica, el tribunal requirente enviará el exhorto o la requisitoria por correo certificado en sobre cerrado y sellado con acuse de recibo.
Estado de Michoacán Artículo 191 Código de Procedimientos Penales
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Si el militar retirado dejo de pagar un crédito hipotecario hace tres años y está divorciado y en la sentencia ejecutada el convino un acuerdo donde pagaría en su totalidad la casa y dejo de hacerlo que procede jurídicamente o que puede hacer la persona afectada gracias
en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
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