Código de Procedimientos Penales Artículo 330 Estado de Michoacán
Código de Procedimientos Penales Michoacán
Artículo 330. Confesión calificada
La confesión con circunstancias excluyentes de incriminación o modificativas atenuantes, hará prueba plena si no es inverosímil o si no existen otros medios de convicción que justifiquen lo contrario.
Si existen pruebas que afecten la verosimilitud de la confesión calificada, el inculpado deberá acreditar las circunstancias que alegue, pues en caso contrario se podrá tener por cierto únicamente lo que le perjudique.
Estado de Michoacán Artículo 330 Código de Procedimientos Penales
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jose
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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