Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 253 Estado de Morelos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 253. Aseguramiento

Los instrumentos, objetos o productos del delito, así como los bienes en que existan huellas o pudieran tener relación con éste, serán asegurados a fin de que no se alteren, destruyan o desaparezcan.

Quien tuviera en su poder objetos o documentos de los antes señalados, estará obligado a presentarlos y entregarlos cuando fuere requerido para ello. Ante la negativa del poseedor a presentarlos, el juez o el Ministerio Público podrán aplicar los medios de apremio conducentes, salvo que se trate del imputado.

En los casos urgentes, esta medida podrá delegarse por orden del Ministerio Público, bajo su estricta responsabilidad, en un agente policial.

La custodia de los bienes asegurados se realizará de conformidad con las normas aplicables de la materia. Las autoridades que actúen en auxilio del Ministerio Público, pondrán de inmediato a disposición de éste los bienes a que se refiere el párrafo anterior. El Ministerio Público, al momento de recibir los bienes, resolverá sobre su aseguramiento.

Los bienes asegurados durante la investigación o el proceso penal, que puedan ser objeto de prueba, serán custodiados por la Procuraduría General de Justicia del Estado.

En los casos urgentes, esta medida podrá delegarse por orden del Ministerio Público, bajo su estricta responsabilidad, en un agente policial



Estado de Morelos Artículo 253 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...251 252 253 254 255 ...436

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse