Código de Procedimientos Penales Artículo 167 Estado de Puebla
Código de Procedimientos Penales Puebla
Artículo 167. Oportunidad
En los delitos de acción pública los acuerdos reparatorios procederán hasta antes de decretarse el auto de apertura a Juicio Oral.
Si los intervinientes no lo han propuesto con anterioridad, desde su primera intervención el Ministerio Público o, en su caso, el Juez de Control invitará a los interesados a que participen en los procedimientos respectivos, previstos en la ley de la materia, para llegar a acuerdos reparatorios en los casos en que proceda y les explicará sus alcances y consecuencias, además les hará saber los medios alternativos disponibles
Estado de Puebla Artículo 167 Código de Procedimientos Penales
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.
además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.
en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas
Leer de nuevo
Código Civil San Luis Potosí Artículo 1759. Código Civil San Luis Potosí Artículo 1907. Código Civil San Luis Potosí Artículo 1952. Código Civil Querétaro Artículo 494. Código Civil San Luis Potosí Artículo 1828.Recomendados
Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 167. Causas de procedencia Código de Instituciones y Procedimientos Electorales Ciudad de México Artículo 375. Código de Procedimientos Penales Puebla Artículo 457. Medidas cautelares aplicables a personas inimputables Código de Procedimientos Penales Puebla Artículo 455. Identificación de los supuestos de inimputabilidad Código de Procedimientos Penales Puebla Artículo 99. Comunicaciones procesales a otras autoridadesPublique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios