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Código de Procedimientos Penales Artículo 274 Estado de San Luis Potosí


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/09/2026

Código de Procedimientos Penales San Luis Potosí
Artículo 274.

Después de identificado debidamente el testigo, de protestarlo o exhortarlo, se le preguntará su nombre, apellidos, edad, lugar de origen, domicilio, estado civil, profesión u ocupación; si se halla ligado con el imputado o el ofendido por vínculos de parentesco, amistad o cualesquiera otros y si tiene algún motivo de odio o rencor contra alguno de ellos.



Estado de San Luis Potosí Artículo 274 Código de Procedimientos Penales
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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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