Código de Procedimientos Penales Artículo 7 Estado de Tabasco
Código de Procedimientos Penales Tabasco
Artículo 7.
El Juez procurará obtener el conocimiento de todos los elementos que deba considerar legalmente para la emisión de una sentencia conforme a las disposiciones legales y a la jurisprudencia aplicable. Para ello se sujetará a las reglas de la inmediación judicial en lo que respecta a la recepción de las pruebas y en lo que corresponde al conocimiento del inculpado y del ofendido y, en su caso, recabará y analizará los elementos conducentes a la adecuada individualización penal
Estado de Tabasco Artículo 7 Código de Procedimientos Penales
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