Imprimir

Código Electoral Artículo 94 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral Coahuila
Artículo 94.

1. Recibidas las manifestaciones de intención de los aspirantes a candidaturas independientes el Instituto verificará el cumplimiento de los requisitos señalados para cada cargo en la Constitución, así como en el presente Código y en los lineamientos que para tal efecto se hayan emitido.

2. Si de la verificación realizada se advierte la omisión de uno o varios requisitos, el Instituto notificará personalmente, o en su caso por estrados, al interesado o al representante designado, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, para que en un plazo igual subsane los requisitos omitidos. En caso de no cumplir con dicha prevención en tiempo o en forma, el Consejo desechará de plano la solicitud respectiva.

3. El Instituto deberá emitir los acuerdos definitivos relacionados con el registro de aspirantes a candidaturas independientes cinco días antes del inicio de las precampañas correspondientes.

4. Dichos acuerdos se notificarán personalmente a todos los interesados o en su defecto, a sus representantes, así como en la página de internet del Instituto.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 94 Código Electoral
Artículo 1 ...92 93 94 95 96 ...443

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse