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Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 212 Estado de Jalisco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 212.

1. Para efectos de este Código, el proceso electoral comprende las etapas siguientes:

I.  Preparación de la elección;

II.  Presentación de las solicitudes de registro de candidatos;

III.  Otorgamiento del registro de candidatos y aprobación de sustituciones;

IV.  Campañas Electorales;

V.  Ubicación de las casillas Electorales e integración de las mesas directivas de casilla, así como la publicación de ambos datos;

VI.  Acreditamiento de representantes de partidos políticos y coaliciones, ante mesas directivas de casilla;

VII.  Elaboración y entrega de la documentación y material electoral;

VIII.  Jornada electoral;

IX.  Resultados Electorales;

X.  Calificación de las elecciones; y

XI.  Expedición de constancias de mayoría y asignación de representación proporcional. 



Estado de Jalisco Artículo 212 Código Electoral y de Participación Ciudadana
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