Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 721 Estado de Jalisco
Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 721.
1. Los Candidatos Independientes, de conformidad con lo previsto por los reglamentos de sesiones del Consejo General, podrán designar representantes ante los órganos de éste, en los términos siguientes:
I. Los Candidatos Independientes a Gobernador del Estado, ante el Consejo General del Instituto Electoral y cada uno de los Consejos Distritales de la entidad;
II. Los Candidatos Independientes a diputados por el principio de mayoría relativa, ante el Consejo Distrital correspondiente; y
III. Los Candidatos Independientes a Munícipes ante el Consejo Municipal correspondiente a su registro.
2. La acreditación de representantes ante los órganos desconcentrados del Consejo General, se realizará dentro de los treinta días posteriores al de la aprobación de su registro como aspirante a Candidato Independiente.
3. Si la designación no se realiza en el plazo previsto en el párrafo anterior perderá este derecho.
4. Las disposiciones aplicables a los representantes de los partidos políticos, establecidas en este Código, serán aplicables a los representantes de los candidatos independientes, salvo disposición en contrario.
Estado de Jalisco Artículo 721 Código Electoral y de Participación Ciudadana
Mejores juristas
Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios