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Código Familiar Artículo 722 Estado de Zacatecas


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/06/2025

Código Familiar
Artículo 722.

Los Consejos de Familia, están obligados a entregar al Juez Familiar, un reporte de cada juicio ventilado en su Juzgado, el cual contendrá:

I.Descripción detallada del medio ambiente de las partes en conflicto;

II.Una relación del nivel educativo de la familia;

III.Estudio sobre las posibles causas del problema familiar;

IV.De ser posible pruebas psicológicas y psiquiátricas de las partes contendientes;

V.Una vez entregado el reporte, el Juez Familiar, citará a las partes a una plática con el Consejo de Familia, a fin de que expongan su problema y considerarlo desde el punto de vista social y humano oyendo previamente la opinión del Consejo Estatal de los Derechos del Niño;

VI.Lo anterior tendrá por objeto, evitar una posible ruptura en las relaciones familiares, procurando la avenencia de las partes



Estado de Zacatecas Artículo 722 Código Familiar
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


oooooooooooooooo


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?


qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol


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