Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Artículo 339 Federal de México
Versión actualizada
Ley General de Instituciones y Procedimientos ElectoralesCódigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal
Artículo 339.
1. El Consejo General proveerá lo conducente para la adecuada aplicación de las normas contenidas en el presente Libro.
2. Son aplicables, en todo lo que no contravenga las normas del presente Libro, las demás disposiciones conducentes de este Código, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral y las demás leyes aplicables.
Libro séptimo
De los regímenes sancionador electoral y disciplinario interno
Título primero
De las faltas electorales y su sanción
Capítulo primero
Sujetos, conductas sancionables y sanciones
Federal de México Artículo 339 COFIPE
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión
Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
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Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal Artículo 342. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2024 Federal Artículo 1o. Código Penal Ciudad de México Artículo 128. Código Civil Baja California Artículo 573. Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal Artículo 23.Publique la información de sí mismo
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