CNPP Artículo 105 México
Código Nacional de Procedimientos Penales
Artículo 105.
Sujetos de procedimiento penalSon sujetos del procedimiento penal los siguientes:
I.La víctima u ofendido;
II.El Asesor jurídico;
III.El imputado;
IV.El Defensor;
V.El Ministerio Público;
VI.La Policía;
VII.El Órgano jurisdiccional, y
VIII.La autoridad de supervisión de medidas cautelares y de la suspensión condicional del proceso.
Los sujetos del procedimiento que tendrán la calidad de parte en los procedimientos previstos en este Código, son el imputado y su Defensor, el Ministerio Público, la víctima u ofendido y su Asesor jurídico.
México Artículo 105 Código Nacional de Procedimientos Penales
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Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
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