Imprimir

Código Financiero Artículo 155 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Financiero México
Artículo 155.

Por los servicios de panteones propiedad municipal se pagarán derechos conforme a la siguiente:

T A R I F A

CONCEPTO NÚMERO DE VECES EL VALOR DIARIO DE LA UNIDAD DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN VIGENTE

I. Inhumación de cadáveres durante 7 años:

A). Adultos.

B). Niños.

1.00

0.50

II. Por refrendo anual, posterior a los 7 años de obligación de conservación sanitaria de restos.

A). Adultos.

1.00

B). Niños. 0.50

III. Mantenimiento anual por metro cuadrado. 0.50

IV. Autorización para la construcción de

cripta, gaveta, encortinado y barandales 1.51

V. Por dictámenes, resoluciones o actos administrativos en general inherentes al

traslado de cadáveres o restos áridos. 1.00

VI. Por la búsqueda de información en los

registros, así como de la ubicación de lotes. 0.68

VII. Exhumación:

A). Adultos.

B). Niños.

3.17

1.58

VIII. Cremación de restos humanos. 5.00

IX. Inhumación de restos cremados. 1.00

X. Expedición de constancia certificada sobre

registros en libros. 1.62

XI. Autorización para la construcción y/o colocación por metro cuadrado.

A). Lápida 0.50

B). Jardinera 0.50

C). Monumento 1.50

D). Capilla 2.00

XII. Construcción de cripta o encortinado por

metro cuadrado. 7.0

XIII. Expedición de certificados de derechos de

temporalidad. 0.61

XIV. Reposición de certificados de derechos de

temporalidad. 1.56

XV. Maniobra de monumento y jardinería.

XVI. Nombramiento o Cambio de sucesores

XVII. Retiro de escombro.

XVIII. Temporalidad por inhumación en fosa

A). Adulto

B). Niño

El Ayuntamiento mediante acuerdo de cabildo determinará a favor de pensionados, jubilados, personas con discapacidades, adultos mayores y viudas sin ingresos fijos; que acrediten fehacientemente encontrarse en estos supuestos, y comprueben un bajo nivel de ingresos económicos, el otorgamiento de bonificaciones de hasta el 50%, en el pago de los derechos a que se refiere este artículo.



Estado de México Artículo 155 Código Financiero
Artículo 1 ...154 154 bis 155 156 157 ...432

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?


  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago

No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.


Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse