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Código Financiero Artículo 60 Estado de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Financiero México
Artículo 60.

Están obligadas al pago del impuesto previsto en esta Sección, las personas físicas y las jurídico colectivas tenedoras o usuarias de los vehículos a que la misma se refiere, dentro de la circunscripción del Estado de México.

Así como, las empresas fabricantes, ensambladoras o importadoras de automóviles e inclusive los distribuidores autorizados y comerciantes en el ramo de vehículos, respecto de aquellos vehículos que se consideran enajenados, conforme a la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, al incorporarse a su activo fijo o de los que tengan para su venta por más de un año. El cómputo del plazo anterior se sujetará a lo siguiente:

I. Tratándose de distribuidores autorizados y comerciantes en el ramo de vehículos, iniciará a partir del día en que fueron enajenados a éstos por las empresas fabricantes, ensambladoras o importadoras de automóviles.

II. Para el caso de las empresas fabricantes, ensambladoras o importadoras, cuando no lo hayan enajenado a un distribuidor o comerciante en este ramo, iniciará a partir del día en que fue fabricado, ensamblado o importado.

Para los efectos de este impuesto, la tenencia o uso de vehículos dentro de la circunscripción territorial del Estado, será sobre aquellos que estén obligados a inscribirse en el padrón vehicular del Estado de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 fracción I de este Código.

La Federación, las entidades federativas, el Estado, los municipios, sus organismos descentralizados, organismos autónomos o cualquier otra persona, deberán pagar el impuesto que establece esta Sección, con las excepciones establecidas en el artículo 60 D.

Las autoridades competentes solamente registrarán vehículos cuyos propietarios se encuentren domiciliados en el territorio del Estado de México.

Para los efectos de esta Sección, se presume salvo prueba en contrario, que el propietario es tenedor o usuario del vehículo.



Estado de México Artículo 60 Código Financiero
Artículo 1 ...59 59 bis 60 60 A 60 B ...432

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