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Código Financiero Artículo 101 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 101.

La base de este impuesto será el total de los ingresos en efectivo, en especie o en el valor de los servicios que se obtenga por la celebración de loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos con cruce de apuestas legalmente permitidos.

De igual manera, los premios obtenidos en efectivo, en especie o en el valor de los servicios como resultado de la celebración de dichas loterías, rifas, sorteos, concursos y juegos con cruce de apuestas legalmente permitidos

Para el caso de los premios en especie se tomará como base gravable el valor señalado en la promoción, el valor de la facturación o el valor del avalúo que realicen las autoridades fiscales en este orden.

Cuando no exista una contraprestación para participar en una lotería, rifa, sorteo, concurso o juego con cruce de apuestas legalmente permitidos, se considerará como base gravable el valor del premio otorgado, ya sea en efectivo, en especie o en el valor de los servicios



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