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Código Financiero Artículo 187 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2025

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 187.

Para la determinación de los valores unitarios de predios, se considerará:

I.Tratándose de predios urbanos, el valor unitario por calle o zona, considerando además:

a)Los servicios municipales existentes;

b)Las vías de comunicación;

c)La cercanía con centros de abasto, y

d)La cercanía con centros comerciales establecidos.

II.Para predios rústicos, los valores unitarios de la zona, tomando en cuenta además:

a)El tipo o clase de tierra;

b)La calidad, condiciones hidrológicas, humedad relativa y cualquier otra característica que pueda influir en los mismos, y

c)La ubicación y cercanía a las vías de comunicación y centros de población.

Para aquellos propietarios de un predio que esté destinado para casa habitación directamente por los mismos y que hayan demostrado ante la autoridad competente que tienen ingresos equivalentes hasta dos salarios mínimos diarios, en lo que se refiere a la fracción I de este artículo y un salario mínimo refiriéndose a la fracción II; tendrán tasa cero en el impuesto, en tanto no se modifique dicha percepción del ingreso personal.

Las personas que sean propietarias de un solo predio destinado para su casa habitación, demostrarán ante la autoridad competente que tienen ingresos familiares equivalentes

hasta dos salarios mínimos como máximo para los efectos de la fracción I de este artículo,

y un salario mínimo familiar tratándose de la fracción II, tendrán tasa cero en el impuesto, en tanto no se modifique dicha percepción, para lo cual cada año presentarán el sustento correspondiente



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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?


Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20


En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad


si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas


con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?


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