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Código Financiero Artículo 486 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Tlaxcala
Artículo 486.

El Ejecutivo será el responsable de distribuir y entregar a los municipios los recursos que les corresponda de acuerdo al Fondo Estatal Participable, de conformidad con lo dispuesto en este código para que se apliquen a los fines aprobados. De igual forma ejercerá sus facultades de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. El Ejecutivo y los ayuntamientos promoverán las acciones necesarias que garanticen la transparente y oportuna asignación de los recursos



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