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Código Financiero Artículo 155 Estado de Veracruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Financiero Veracruz
Artículo 155.

El Presupuesto del Estado se compone de las previsiones de ingreso y gasto público comprendidas entre enero y diciembre de cada año, así como los criterios especiales para su ejercicio y control.

Los Ingresos del Estado comprenderán los conceptos de ingresos ordinarios y en su caso los extraordinarios que se establecen en este Código, indicando el monto estimado a obtener por cada uno de ellos en el ejercicio fiscal.

 Al presentarse el Presupuesto del Estado se señalará sólo el monto de los ingresos ordinarios que puedan ser cuantificados; pero, en su caso, al rendir la cuenta pública el Titular del Ejecutivo Estatal, cuantificará y desglosará la totalidad de los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal de que se trate



Estado de Veracruz Artículo 155 Código Financiero
Artículo 1 ...154 bis 154 ter 155 156 156 bis ...348

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